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Negligencia Médica en Torreón


2001-2004


Enero 2001 - Febrero del 2002

A raíz del amparo impuesto por el Dr. Mariano Barragán Morales en contra de la CONAMED por la resolución del Primer Laudo Arbitral (que encontró culpable de negligencia e impericia al Dr. Barragán Morales) la CONAMED inicia la revisión del Primer Laudo Arbitral, desechándolo e iniciando un Segundo Laudo Arbitral.


Para la elaboración del Segundo Laudo Arbitral, la CONAMED solicitó al Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía que designe a un nuevo perito ya que se encontraron serias deficiencias en el primer peritaje asignado por el Dr. Mariano Barragán Morales, en las que destaca la poca claridad de imparcialidad por las siguientes razones:

· El diploma que acredita al Dr. Barragán Morales como especialista en neurocirugía fue suscrito por el Dr. Sergio Gómez Llata Andrade, perito del Primer Laudo Arbitral.

· El certificado en especialidad en cirugía neurológica expedido a favor del Dr. Barragán Morales por el Consejo Mexicano de Cirugía Neurológica, A.C. fue suscrito por el otro perito del Primer Laudo Arbitral, el Dr. José Humberto Mateos Gómez.


14 de febrero del 2002

Conclusión del Segundo Laudo Arbitral en el que la CONAMED otra vez encuentra culpable de negligencia e impericia al Dr. Mariano Barragán Morales.


En las consideraciones de este Laudo, se menciona en la página 52 dentro del punto IV.- ANÁLISIS DEL CASO, el siguiente párrafo:


"Así las cosas y como procederemos a explicar en lo sucesivo en la especie el daño al paciente Alatorre se produjo a consecuencia de mal praxis atribuible al Dr. Barragán Morales y no se trató de ninguna suerte de riesgo inherente al procedimiento o de un mero accidente imprevisible, es decir, se trató de actos nacidos en la negligencia e impericia observadas y que se glosan más adelante."


Enero del 2003

Presentamos denuncias por la vía civil y penal en los juzgados de Torreón.


Fines del 2003

El abogado que nos había estado representando desde el 2000, el Lic. José Siller Rodríguez, nos informa que en la vía civil la demanda se consideró el caso como "cosa juzgada" y que por la vía penal no hay muchas posibilidades.


Febrero del 2004

Nos enteramos que la demanda penal nunca fue aceptada por haber prescrito el derecho de presentación de la querella. Este derecho prescribió a tres años de la intervención quirúrgica, en febrero del 2001, ANTES de que se emitiera el segundo y definitivo Laudo Arbitral.


Nuestro abogado, el Lic. José Siller Rodríguez, nunca nos informó sobre los tiempos que teníamos que cumplir para presentar las denuncias correspondientes y nunca sugirió presentar una querella después del Primer Laudo Arbitral, cuando todavía estábamos a tiempo de hacerlo ya que el Dr. Barragán Morales fue encontrado culpable de negligencia e impericia desde el Primer Laudo Arbitral de octubre del 2000.


20 de Junio del 2004

Decidimos publicar nuestro caso en los principales diarios de Torreón con el fin de informar lo que realmente le pasó al Arq. Samuel Alatorre Morones y alertar a la comunidad sobre la práctica del Dr. Mariano Barragán Morales, quien sigue siendo culpable de negligencia e impericia y quien sigue ejerciendo sin restricción alguna por causas ajenas a su actuar (por falta de una buena y honesta asesoría legal)



1998-2000

Breve Cronología de Eventos


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A continuación presentamos una cronología de los hechos dividida en dos partes para mayor facilidad: